ASPANIN RESPONDE DUDAS
Queremos ayudarte a entender la discapacidad intelectual con 30 preguntas y respuestas sobre la tutela.
Incapacitación, tutela, testamento, curatela, patrimonio, tutores, administración de bienes, procedimiento judicial … Son conceptos esenciales para prever el mejor futuro posible para las personas con discapacidad intelectual. Este son las dudas más habituales que plantean las familias y los profesionales vinculados al ámbito de la discapacidad.
Futuro
¿Por qué es importante prever el futuro de las personas con discapacidad intelectual?
Para evitar posibles situaciones de desamparo o indefensión de la persona y asegurarle una protección cuando los padres ya no puedan hacerse cargo.
Incapacitación
¿Qué es la incapacitació judicial de una persona?
Es un proceso judicial que mediante una sentencia reconoce que la persona no tiene la capacidad para autogobernarse. La sentencia determina la extensión y los límites de la incapacidad. La incapacitación hay que entenderla en sentido positivo.
¿Cuando conviene plantear la incapacitación de la persona?
Cuando la falta de capacidad le impida cuidar de sí mismo y de sus bienes.
¿La incapacitació es siempre total?
No. Puede ser total o parcial. La sentencia puede especificar en qué actos la persona es incapaz.
¿Qué es la curatela?
Es una incapacitación parcial para determinados actos. El curador, a diferencia del tutor, no sustituye totalmente la capacidad de la persona, sino que la complementa. El curador sólo interviene en los actos que especifica la sentencia o en aquellos que marque la ley.
¿Es para siempre?
No. Si las causas que motivaron la incapacitación varían, se puede revisar.
¿Se pierden derechos?
No. La incapacitación no supone necesariamente la pérdida de derechos de la persona: puede ser propietario, recibir una pensión, puede vender y comprar… Pero necesitará la asistencia de quien lo represente.
¿Es lo mismo el certificado de disminución que la incapacitación judicial?
No. El certificado de disminución es un documento administrativo que permite acceder a diferentes recursos.
¿Es lo mismo que la incapacidad laboral?
No. Una persona incapacitada puede trabajar.
¿Qué se debe hacer para iniciar la incapacitación judicial?
Al ser un procedimiento judicial, se hará a través de un abogado o de los profesionales adecuados. El proceso finaliza con una sentencia del juez.
¿Quién puede iniciar el proceso?
En el contexto familiar, pueden promover el proceso para la incapacitación el cónyuge, padres, hijos y hermanos. También puede iniciar el proceso el Ministerio Fiscal. Cualquier persona puede poner en conocimiento del Ministerio Fiscal la existencia de un presunto incapaz.
Tutela (Tutela significa representar la persona y procurar el máximo bienestar posible.)
¿Cuándo es necesaria la tutela?
Cuando la persona ya está incapacitada y los padres no están o no pueden ejercer de forma adecuada sus funciones.
¿Qué es la tutela?
Velar y representar la persona menor de edad o declarada judicialmente incapaz. El tutor tiene como funciones asegurar la protección de la persona, administrar y guardar sus bienes y, en general, velar para que tenga una buena calidad de vida.
Qui pot ser tutor?
Tota persona o entitat designada pels pares en testament o escriptura pública. En cas de no haver fet testament o escriptura pública, serà el jutge l’encarregat de designar el tutor.
¿Puede recaer la tutela en diferentes personas?
Sí, siempre que los padres lo especifiquen en el testamento o escritura pública, y el juez lo considere oportuno. También en testamento o escritura pública los padres pueden nominar varios tutores por orden de preferencia, y así prever que durante el ejercicio de la tutela puedan faltar, o que por algún motivo alguno de estos no pueda ejercer el cargo.
¿Se puede dejar dicho de manera expresa quién se quiere que sea tutor?
Sí, mediante el testamento o escritura pública.
¿Puede empezar la tutela antes que mueran los padres?
Sí, en determinadas circunstancias y siempre que el juez lo autorice.
¿Cuándo empieza la tutela?
Cuando la persona o entidad tutelar designada acepte el cargo de tutor ante el juez correspondiente.
¿Tutelar quiere decir vivir con la persona?
No. Para ejercer bien la tutela no es necesario convivir con el tutelado.
¿Qué es la pretutela?
Es la relación que se establece entre la familia y la entidad tutelar, una vez los padres han decidido que en un futuro la entidad sea el tutor de su hijo -ya lo han designado en el testamento o escritura pública como primera opción o con carácter subsidiario. Este vínculo promueve el conocimiento mutuo de modo que, llegado el momento de asumir la tutela por la entidad, ya hay un conocimiento previo entre la entidad tutelar y la persona a tutelar.
¿El ejercicio de la tutela está controlado o vigilado por alguien?
Sí. La ley establece medidas de vigilancia y control. El tutor informará al juez anualmente de la situación personal y patrimonial del tutelado, y debe demostrar una buena gestión y administración de sus bienes, así como una correcta atención personal.
¿Puede cobrar el tutor?
Sí, cuando el juez lo autoriza y siempre dentro de los términos establecidos por la ley.
¿El tutor es para siempre?
El ejercicio del cargo de tutor dura mientras la persona es incapaz. Cualquier persona puede, ante un juez y por causas justificadas, renunciar al cargo de tutor. Así mismo, el juez puede revocar un cargo de tutor si cree que la tutela no se está ejerciendo de la manera adecuada.
¿El tutor hereda del tutelado?
No, el tutor hereda solo si los padres lo han especificado en el testamento.
¿Qué pasa con los bienes de la persona tutelada cuando muerte?
Los padres pueden testar en nombre del hijo incapacitado. En caso de no hacerlo, queda regulado por el Código de Sucesiones.
Diferencia entre potestad parental y tutela
¿Cuando hablamos de potestad parental prorrogada o rehabilitada?
Cuando la persona tiene más de 18 años, está incapacitada judicialmente y los padres son los representantes. En cambio, hablamos de tutela cuando la representación recae en otra persona o entidad tutelar.
Entidad tutelar de adultos
¿Qué son les entidades tutelares?
Son personas jurídicas (fundaciones, asociaciones, …) que reúnen los requisitos establecidos por la legislación vigente y no tienen ánimo de lucro. Tienen como finalidad la protección, el cuidado y la defensa de las personas legalmente incapacitadas, para asegurarlas en ella una buena calidad de vida y eliminar así la angustia de los padres sobre el futuro de sus hijos.
¿Qué hacen en relación a la persona tutelada?
Velar por el tutelado y buscar los recursos que le permitan vivir con una buena calidad de vida.
Si la tutela la tiene una entidad, ¿la familia (hermanos, primos, tíos ...) pierde el contacto con la persona tutelada?
La entidad tutelar, siempre que sea positivo para el tutelado, procura no romper los lazos familiares y facilita el contacto y las visitas con los familiares o personas de su entorno.
¿Qué servicios ofrecemos a las familias?
Información sobre el funcionamiento del servicio de tutela de la entidad.
Orientación de los procesos de incapacitación padres y familiares.
Información sobre cualquier cuestión general y / o concreta de servicios, ayudas, recursos, etc.
Asesoramiento para la tramitación de testamentos o cualquier otro acto notarial relacionado.
Asesoramiento a los tutores para la presentación de documentación al juez.
Apoyo a los tutores en cualquier otro aspecto que les sea necesario en el ejercicio de sus funciones.